Procedimiento de reclamaciones

En ocasiones, durante el proceso de prestación de los servicios de intermediación financiera pueden surgir discrepancias, dificultades o problemas entre ambas partes cliente y empresa. Esto puede conllevar una cierta insatisfacción del cliente.

Para ello, la empresa TASACIONES & HIPOTECAS dispone de una política interna de resolución de posibles reclamaciones de clientes. Este procedimiento supone un mecanismo extrajudicial de resolución de controversias entre la empresa y el cliente.

Dicho procedimiento es el siguiente:

Ante cualquier queja o reclamación el cliente se debe dirigir por escrito en primer lugar a la empresa bien por mail a info@tasandteca.es ,por correo ordinario presentando la reclamación en la C/ Relatores, 3, 28012, Madrid.

Dicha reclamación será atendida directamente por un ORGANO INTERNO DE RESULUCIÓN DE RECLAMACIONES.

Podrán acudir a dicho órgano para tramitar una reclamación cualquier usuario del servicio de intermediación con independencia de que hayan suscrito o no contrato con la empresa TASACIONES & HIPOTECAS.

Dicho órgano se compromete a dar respuesta a dicha reclamación en un plazo de no más de un mes mediante una resolución que tendrá carácter motivado y vinculante sólo para el intermediario TASACIONES & HIPOTECAS. La fecha a efectos de inicio del cómputo del plazo de resolución de un mes, será la de presentación de la reclamación por cualquiera de los medios admitidos, sin perjuicio que este cómputo se interrumpa, con la posibilidad de reanudarse posteriormente, si no se hubiera presentado correctamente.

La resolución al reclamante se comunicará bien por el medio designado por el mismo o bien en el mismo cauce empleado por el reclamante para interponer la reclamación.

Previamente a dicha resolución, la empresa TASACIONES & HIPOTECAS a través de su órgano de resolución de reclamaciones, tratará de alcanzar un acuerdo con el reclamante. Si no fuera posible emitirá dicha resolución.

Mediante este procedimiento se pretende dar respuesta al conflicto presentado por el cliente llegando a un acuerdo con el mismo sin causarle ningún perjuicio ya que es política de la empresa mirar siempre por los intereses de nuestros clientes.

De igual manera, se informa al reclamante que cuenta con el plazo de un año desde la presentación de la reclamación, para acudir al supervisor Banco de España tanto si no está conforme con la resolución emitida por dicho órgano o si esta no se hubiera notificado en plazo, siendo esta vía la segunda instancia factible.

Los datos del supervisor son:

BANCO DE ESPAÑA

Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones

Domicilio: C/ Alcalá, 48 28014 Madrid

Teléfonos: 900 54 54 54; 91 338 88 30

Web: www.bde.es